Tribunal Superior de Justicia: Los padres tienen derechos a oponerse a la eutanasia de un hijo

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Daria, auxiliar de enfermería, mide la presión arterial de un paciente en el hospital St. Johannes de Dortmund (Ina Fassbender vía Getty Images)
Von , 4 de abril de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) admitió un recurso contra la eutanasia de un hombre de 54 años, presentada por su padre, lo que logró detener el procedimiento.

El tribunal concluyó que los padres están legitimados para intentar frenar la muerte asistida de su hijo, incluso si no mantienen una buena relación.

«Los padres pueden tener un interés legítimo, aun cuando no resulten titulares de ese derecho a la vida ajena. Se trata de un interés propio que, incluso, puede entrar en colisión con las preferencias, en este caso del hijo», escribió el tribunal, según Cadena SER, que accedió primero a los documentos. 

«No cabe en modo alguno descartar de manera genérica e indiscriminada la legitimación judicial de los padres como ejercitantes de un interés legítimo —propio y no abstracto— en que sus hijos permanezcan con vida», añade.

«Incluso en situaciones de desencuentro o conflictos familiares prolongados podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial (…): el afecto, el deseo de que su hijo se encuentre en las mejores condiciones posibles y el de que su bienestar esté garantizado».

El hombre, de 54 años, solicitó la eutanasia alegando las secuelas que padece en el movimiento y el habla tras sufrir tres ictus y dos infartos.

La Fiscalía y el padre del hombre presentaron recursos contra la decisión de la jueza que avaló su eutanasia solicitada por el paciente, informó la agencia EFE.

El TSJC consideró que la resolución de la jueza que avaló la eutanasia y descartó que el padre pudiera intervenir en el proceso fue «prematura» y respaldó que un padre pueda tener interés legítimo de comprobar si la administración ha valorado correctamente la capacidad, entendimiento y voluntad libre y consciente de su hijo para decidir sobre la muerte asistida.

Los «mayores riesgos» surgirían si no se reconociera la legitimidad de los padres, ya que entonces no se permitiría revisar las decisiones administrativas «en casos en los que las facultades de libre y consciente decisión» de quienes piden la eutanasia «pudieran encontrarse o afectadas», agregó el tribunal, según la agencia.

Todo ello, teniendo en cuenta las «irreversibles consecuencias» de la aplicación de la muerte asistida.

El Tribunal Superior acordó que su petición de muerte se dirima en un juicio en el juzgado contencioso-administrativo número 5 de Barcelona.

La decisión puede aún ser recurrida ante el Tribunal Supremo, pero sienta un precedente a la hora de determinar si los padres están legitimados a oponerse a un proceso de eutanasia autorizado por la Comisión de Garantías de Cataluña.

Rechazan un recurso de un padre contra la aplicación de eutanasia a su hija

Un juzgado contencioso de Barcelona no admitió el 17 de marzo el recurso de un padre contra la autorización de aplicación de la eutanasia a su hija, comunicó el Poder Judicial.

Para la magistrada que atendió el caso, «la capacidad de la recurrente para tomar la decisión de solicitar la prestación ha quedado acreditada a través de distintos informes emitidos por especialistas en psiquiatría».

En su sentencia añadió que «si bien no se duda del enorme afecto que el actor pueda sentir hacia su hija, este sentimiento no constituye razón suficiente para justificar su legitimación, dado que, como ha señalado numerosa jurisprudencia del Tribunal Constitucional, para que exista interés legítimo en la jurisdicción contencioso-administrativa, la resolución impugnada (o la inactividad denunciada) debe repercutir de manera clara y suficiente en la esfera jurídica de quien acude al proceso (STC 252/2000), sin que se aprecie esta repercusión en el presente caso».

La asociación Abogados Cristianos, que representa al padre de la joven, Noelia, con paraplejía y apenas 24 años, anunció que recurrirá la autorización judicial a la muerte asistida y denunciará penalmente a los dos primeros funcionarios que analizaron la petición, informó La Vanguardia.

Tras el juicio, los abogados pidieron la nulidad del acto administrativo por el que Cataluña autorizó la eutanasia, sosteniendo que se basó en la «actuación fraudulenta» de dos funcionarios públicos, que «fingieron» un desacuerdo y «falsearon sus informes» para elevar la decisión a la Comisión de Garantía y Evaluación.

Posición del Gobierno de Cataluña

Como respaldo, el Gobierno de Cataluña ha defendido durante todo el proceso judicial la aplicación de la muerte asistida, en los casos en que afirma que la solicitud ha recibido todos los avales médicos. 

«El derecho a la autonomía y decisión sobre la propia vida y la propia muerte es de la persona (…) un derecho individual e intransferible y no consideramos que terceros puedan interferir», declaró a Cadena Ser Clara Pareja, directora general de Ordenación y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud.



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